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Sus estrofas fueron escritas en el año 1813 por Vicente López y Planes, bajo el nombre original de "Himno de Mayo".
La Asamblea General Constituyente, lo aprobó como "Marcha Patriótica" el día 11 de mayo de 1813. Al día siguiente le encargó a Blas Parera componer su música, y se estima que la misma fue presentada antes del día 25 de mayo ya que el día 28 de ese mismo mes se cantó en un teatro durante la función patriótica efectuada durante la noche.
Luego se conocería como "Canción Patriótica Nacional", y más tarde simplemente "Canción Patriótica". Pero una copia de 1847 lo tituló "Himno Nacional Argentino", nombre que recibe en la actualidad.
En 1860, el maestro Juan P. Esnaola presentó su segunda versión, basada en el original de Blas Parera.
Tenido por Himno Nacional, la Canción Patriótica de López; a través de un largo período de la nacionalidad fue interpretado de acuerdo con el texto original; mas desaparecido el furor de la contienda con España, en aras de un sentimiento legítimo de acercamiento y comprensión con la madre patria, la canción nacional sufrió en su enunciado una modificación de forma en lo relativo a aquella parte que pudiera tener en el presente un concepto peyorativo, ya sin objeto para la soberanía del Estado.
Durante la presidencia del general Roca en el año 1900 fue sancionado un decreto refrendado con la firma del Presidente de la Nación y de los ministros: Felipe Yofre, Luis M. Campos, José María Rosa, Martín Rivadavia, Martín García Merou y Emilio Civit; disponía que:
"Sin producir alteraciones en el texto del Himno Nacional, hay en él estrofas que responden perfectamente al concepto que universalmente tienen las naciones respecto de sus himnos en tiempo de paz y que armonizan con la tranquilidad y la dignidad de millares de españoles que comparten nuestra existencia, las que pueden y deben preferirse para ser cantadas en las festividades oficiales, por cuanto respetan las tradiciones y la ley sin ofensa de nadie, el presidente de la República, en acuerdo de ministros decreta:
Artículo 1°. En las fiestas oficiales o públicas, así como en los colegios y escuelas del Estado, sólo se cantarán la primera y la última cuarteta y coro de la canción nacional sancionada por la Asamblea General el 11 de marzo de 1813."
Música